Nuestros matriculados acceden a:
CÓDIGO FISCAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (descargar)
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
Actividades, hechos, actos u operaciones exentas.
ARTÍCULO 213:
Están exentos del pago del impuesto los ingresos brutos generados por las actividades, hechos, actos u operaciones siguientes:
Inciso l (ele): las profesiones liberales no organizadas bajo la forma de empresa.
Les compartimos un instructivo que detalla los pasos a seguir para generar el formulario 1276 (Descargar)
Consultas: matriculacion@especialistas.org.ar