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ANSV INFORME TÉCNICO

La Federación Argentina de Ingeniería Especializada firmó un convenio con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que habilita a los matriculados de los Colegios Profesionales que conforman FADIE, a realizar el informe técnico para la emisión del certificado de seguridad vehicular (CSV) de diferentes tipo de vehiculos. Procedimientos:

1-INFORME TÉCNICO CERTIFICADO DE SEGURIDAD VEHICULAR (CSV) DE TRAILERS “O1”

Compartimos los archivos referentes al procedimiento para la presentación de informes técnicos que serán respaldatorios del Certificado de Seguridad Vehicular que emitirá la ANSV cómo parte de la documentación requerida por la DNRPA para patentar los tráileres O1.

Flujograma – En el mismo se detalla cada etapa del procedimiento. Descargar
Informe Técnico – Es el informe que deberá realizar cada profesional, informando si el vehículo satisfizo cada uno de los ítems evaluados. Descargar
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Para realizar el visado electrónico en Intranet: ingresar con usuario y contraseña > Inicio > Expedientes técnicos > Nueva Liquidación > Categoría RDP 76/1 – Informes Mecánicos- Certificado de Seguridad Vehicular – Trailers 01. Ver

2-INFORME TÉCNICO CERTIFICADO DE SEGURIDAD VEHICULAR (CSV) DE TRAILERS CASAS RODANTES “O1”

La Mesa Ejecutiva de la FADIE comunica que, a partir del día 03/08/21, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) habilitó el procedimiento para recepcionar los Informes Técnicos, previamente visados por el CIE, requeridos para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) de Trailers CASAS RODANTES “O1″. Comunicado institucional FADIE

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Para realizar el visado electrónico en Intranet: ingresar con usuario y contraseña > nicio > Expedientes técnicos > Nueva Liquidación > Categoría RDP 76/1 – Informes Mecánicos- Certificado de Seguridad Vehicular del Trailer Casa Rodante 01. Ver

3-CONSTATACIÓN TÉCNICA DE MOTO-VEHICULO

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4-INFORME TÉCNICO CERTIFICADO DE SEGURIDAD VEHICULAR (CSV) DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES (M1, N1) USADOS IMPORTADOS

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Para realizar el visado electrónico en Intranet: ingresar con usuario y contraseña > Inicio > Expedientes técnicos > Nueva Liquidación > Categoría RDP 76/1 – Informes Mecánicos > ANSV

-ANSV NOTAS ACLARATORIAS

-Reempadronamiento de motovehiculos.

Acorde a la disposición 157/2021 de la DNRPA en relación al patentamiento de motovehículos, informamos que para poder patentar todo motovehículo que no cuente con la Licencia de Configuración de Modelo, deberá tramitar un Certificado de Seguridad Vehicular CSV.

A fin de obtener el Certificado de Seguridad Vehicular para motovehículo, deberá presentar ante este organismo un informe técnico firmado por un ingeniero con incumbencias en la materia. El informe técnico podrá realizarlo en los talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) registrados en la ANSV o a través de un ingeniero matriculado con incumbencias en la materia.

Adjuntamos el listado Colegio y/o Consejo de Ingenieros y de Talleres RTO por provincia a fin de que consulte la nómina de profesionales disponibles en la provincia donde Ud. se encuentra.

Una vez recibido dicho informe técnico y estando aprobado el mismo, remitiremos al correo electrónico que indique el informe técnico el link de pago del Certificado solicitado.

El costo del Certificado solicitado una vez aprobado el Informe Técnico, es de $1.000 (mil pesos).

-Se extiende el plazo de entrada en vigencia del nuevo patentamiento de tráileres y casas rodantes categoría O1 hasta el 01 de agosto, momento en el cual ya no podrán circular sin patente emitida por la DNRPA. Leer

-Relacionado con el modelo de Informe Técnico trailers cat O1, publicado en Disposición ANSV 282/2021 y en particular la temática ancho de trailers, se comparte Nota Técnica aclaratoria, enviada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial

Ancho (no debe ser mayor que el ancho del vehículo tractor)

  • Nota 1: El ancho externo de la carrocería/caja de carga/plataforma de carga/carrocería cerrada porta equipajes /carrocería porta planeador del trailer no debe ser mayor que el ancho externo total del vehículo tractor (no se deben considerar los espejos retrovisores).
  • Nota 2: En el caso que las ruedas/guardabarros estén por fuera del plano lateral de la carrocería/caja de carga/plataforma de carga/carrocería cerrada porta equipajes/carrocería porta planeador del trailer, el ancho externo total del trailer no debe ser mayor que el ancho externo total del vehículo tractor (considerando los espejos retrovisores).
    -Los informes de Constatación de motovehículos incluye a motocicletas, triciclos y cuatriciclos.

-Los motovehículos (motocicletas,triciclos y cuatriciclos) que por distintos motivos (colección, antiguas, deportivas, etc.) no cuenten con el equipamiento requerido para circular por la vía pública, también habrá que realizarles las Constataciones, en ellas deberán figurar los faltantes. La DNRPA emitirá el Certificado aclarando que no están habilitados para circular por la vía publica. Además entregará una patente de un color diferente.

-La ANSV informan que, de acuerdo a lo resuelto en una reunión que la Agencia mantuvo con la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) han resuelto lo siguiente: 1- La DNRPA solo exigirá los informes de Constatación Técnica, a todas aquellas motocicletas que cumplan con las normativas requeridas para la circulación en la vía pública. 2- Los motovehículos (motocicletas, triciclos y cuatriciclos) que por distintos motivos (colección, antiguas, deportivas, etc.) no cumplan con todos los requisitos establecidos para circular por la vía pública, la DNRPA no exigirá los informes de Constatación Técnica y por lo tanto sus propietarios deberán dirigirse directamente a la delegación de la DNRPA que corresponda, a los fines de realizar la registración de dicho vehículo.-

-Se solicita que comunique a la persona responsable ante la ANSV de la tramitación de los Informes Técnicos de Cosntatacion, que el DNRPA emitira certificados y patentes de color verde correspondiente a la “circulación restringida” si en el “Informe Técnico de Constatación” de una motocicleta en particular, no posee “los dos espejos retrovisores” y/o las “luces de giro”, tal como establecen las normativas vigentes al respecto. Por tal motivo, el profesional interviniente deberá comunicar a su comitente de tal restricción.-

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