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Preguntas Frecuentes

El CIE tiene como misión representar y proteger los intereses y derechos de los profesionales de la Ingeniería Especialistas.
El CIE confiere la habilitación para el ejercicio de la profesión, por esto sus funciones primordiales son la matriculación y el control de la matrícula de los graduados universitarios y la recepción de todas las tareas profesionales para su visado obligatorio, ya sean Proyectos, Conducción Técnica de Obras e Informes de tipo general.
Fue creado por la Ley N° 11.291, sancionada el 23/11/95, promulgada el 29/11/95 y publicada en el Boletín Oficial el 6/12/95.

La ingeniería especialista nuclea a los egresados universitarios del nivel de grado (licenciados o ingenieros) y posgrado (especialistas, magisters o doctores) de disciplinas tan diversas como la Ingeniería Química, Mecánica, Eléctrica, Sistemas, Industrial, Ambiental, Aeronáutica, Naval, Militar, entre otras; exceptuando las actividades relacionadas a la construcción, agronomía y agrimensura.

Listado de títulos universitarios considerados dentro del ámbito de la ingeniería especialista y licenciaturas afines

Tener el título universitario no es suficiente. Debes matricularte en el Colegio de Ingenieros Especialistas y obtener la habilitación para el ejercicio profesional en el ámbito territorial de la Provincia de Santa Fe (art. 21 Ley nº 11.291).
Todos los graduados universitarios deben matricularse para ejercer su profesión, ya sea como profesional independiente o en relación de dependencia. (art. 10 Estatuto del CIE)
Además, toda tarea profesional de la Ingeniería Especialista debe estar respaldada por el correspondiente visado del Colegio.

Existen varias modalidades de matriculación, de acuerdo a la tarea principal que realiza el profesional:
I. Profesional independiente: corresponde la Matrícula plena obligatoria
II. Profesional en relación de dependencia: corresponde la Matrícula reducida
III. Profesional Docente/Investigador: corresponde la Matrícula diferencial para los profesionales con dedicación exclusiva en docencia o investigación.

Si, tenés que matricularte en la categoría correspondiente, con el beneficio que la matriculación es gratuita si realizás el trámite dentro del año de egresado. De esta manera quedás exceptuado del pago de la matrícula del año de egreso y el año siguiente. Luego de transcurrido este tiempo, comenzás a pagar el costo total de la Matricula que te corresponde.

Es así, porque toda actividad técnica, pública o privada, libre o en relación de dependencia, se considera ejercicio profesional en tanto implique o requiera los conocimientos de los Ingenieros Especialistas. (Art. 4 Estatuto CIE).
Los profesionales en relación de dependencia pueden acceder a una Matrícula reducida que los exime de realizar otros aportes.
Los profesionales que se desempeñan exclusivamente en oficinas públicas con incompatibilidad para el ejercicio libre de la profesión deben solicitar esta modalidad de Matrícula.

Sí. En este caso podés solicitar la Matrícula diferencial para los profesionales con dedicación exclusiva en docencia o investigación.
Este trámite resulta relevante para evitar posibles impugnaciones en los concursos y otras instancias de selección en los que los ingenieros especialistas participan, debido a la imposibilidad de acreditación de ejercicio profesional, exigido por la Ley N° 11.291.

Estás exento del pago del Impuesto a los Ingresos Brutos. Además, al realizar tus aportes a la Caja de Previsión Social de los Profesionales de la Ingeniería, tenés la opción de no hacerlo en el Régimen de Autónomos.

Podés encontrar todos los formularios para iniciar el trámite de Matriculación y los tutoriales de ayuda aquí.

Debés matricularte en el Distrito con jurisdicción de acuerdo a tu lugar de residencia. Aquí podrás consultar los departamentos que comprenden a cada Distrito.
No obstante, tené en cuenta que la presentación de expedientes para su visado en el Colegio debe realizarse según el lugar geográfico de ubicación de la obra, el cual determina en qué circunscripción del CIE debes presentar del proyecto y en qué delegación de la Caja de Previsión Social de los Profesionales de la ingeniería debes realizar los aportes correspondientes, independientemente del distrito en el cual te encuentres matriculado.

La matrícula puede suspenderse solamente en dos casos:
I. Suspensión voluntaria (temporaria o por tiempo indeterminado)
II. Suspensión por jubilación
La explicación de cada una de estas situaciones, así como los formularios necesarios para realizar cualquiera de estos trámites se encuentran aquí.

No. Si dejaste de pagar la matrícula no estarás habilitado para el ejercicio de la profesión, pero la matrícula sigue vigente. Por ello, recordá que si solicitaste la suspensión voluntaria es conveniente preguntar en el Colegio si el pedido fue aceptado.

Por supuesto. El trámite de rehabilitación de matrícula, así como los formularios necesarios para realizarlo se encuentran aquí.

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